Visas Para Extranjeros en Colombia

Abril 15, 2024

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Visas Para Extranjeros en Colombia

Colombia se ha convertido en uno de los principales centros turísticos, financieros, comerciales y operativos de América Latina. Cada vez recibe más extranjeros que desean establecerse en el país de forma temporal o permanente.

Si usted es extranjero y se encuentra interesado en cómo obtener una visa colombiana, siga leyendo para conocer más sobre el proceso de solicitud de Visas en Colombia.

También puede utilizar nuestro formulario de contacto para escribirnos y obtener asesoramiento legal.

¿Cómo Solicitar una Visa en Colombia?

Para obtener una visa en Colombia se deben tener en cuenta que existen requisitos generales y específicos para cada tipo de visa, dependiendo de la finalidad de la visita. Sin embargo, los requisitos principales que se debe atender consisten en:

  • Tener un pasaporte expedido por su país de origen, el cual debe contar con espacio para sellos de visas y estar en un estado físico aceptable y legible.
  • Llenar el formulario de solicitud de visa y aportar los documentos que soporten la solicitud, los cuales no pueden tener una antigüedad mayor a 3 meses desde la fecha de su expedición.
  • Los documentos que acompañen la solicitud de visa deben estar debidamente apostillados y en caso de estar en idioma extranjero, deben ser traducidos por un traductor oficial.
  • Si la visa es solicitada desde Colombia:
    • El solicitante debe estar bajo una situación migratoria legal y regular, esto quiere decir que no puede haber superado el tiempo de permanencia máxima de 90 días.
    • Se debe haber ingresado al territorio colombiano de manera legal, para lo cual deberá tener sello en su pasaporte que pruebe su lugar y fecha de ingreso.

    Los requisitos para solicitar una visa en Colombia cambiarán dependiendo si se trata de un menor de edad o de un beneficiario del titular de una visa.

    ¿Qué tipos de Visa Existen en Colombia?

    Dependiendo del motivo de la visita y del periodo de permanencia, las visas en Colombia se clasifican en tres (3) tipos:

    Visa Para Visitante o Tipo V

    Esta visa se aplica a aquellos visitantes que desean viajar a Colombia temporalmente. Este tipo de visa está dirigida a quienes no desean establecerse permanentemente en Colombia y les permite realizar diversas actividades dentro del territorio colombiano, tales como:

  • Turismo.
  • Gestión de Negocios.
  • Estudios o intercambios de tipo académico.
  • Asistencia a eventos.
  • Prestación de servicios de manera temporal.
  • Periodismo.
  • Tratamientos médicos.
  • Asuntos judiciales.
  • Todos los detalles sobre este tipo de visa puedes encontrarlos en nuestro blog: Visa de Visitante en Colombia - VISA Tipo V

    Visa Para Residente o Tipo R

    Esta visa fue creada para los extranjeros que deseen establecerse permanentemente en Colombia o fijar aquí su residencia. Sólo se otorgará:

  • Por Renuncia de Nacionalidad: a quien haya sido nacional colombiano y haya renunciado a su nacionalidad.
  • Por Tiempo Acumulado de Permanencia en el País: a los extranjeros a quienes se les haya otorgado Visa de Migrante en todas sus categorías y hayan acumulado el tiempo mínimo de permanencia para cada una de ellas.
  • Por aplicación del Estatuto de Protección Temporal para Migrantes Venezolanos: a los ciudadanos venezolanos acogidos al Estatuto de Protección Temporal para Migrantes Venezolanos.
  • A los residentes especiales de paz.
  • Todos los detalles sobre este tipo de visa puedes encontrarlos en nuestro blog: Visa de Residente en Colombia - Visa Tipo R

    Visa Para Migrante o Tipo M

    Esta visa fue diseñada para extranjeros que desean ingresar y permanecer en Colombia para radicarse y no cumplen con las condiciones para solicitar una visa de residente permanente. A esta visa pueden aplicar:

  • Los cónyuges y compañeros permanentes de nacionales colombianos.
  • La madre, el padre o el hijo de nacional colombiano por adopción.
  • La madre o el padre de nacional colombiano por nacimiento.
  • Migrantes Mercosur.
  • Migrantes Andinos.
  • Refugiados.
  • Extranjeros interesados en trabajar en Colombia con una sociedad mediante un contrato de trabajo.
  • Extranjeros que hayan constituido una sociedad o adquirido una participación en el capital social de una sociedad comercial colombiana por un monto mínimo de 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  • Profesionales independientes.
  • Trabajadores pensionados.
  • Todos los detalles sobre este tipo de visa puedes encontrarlos en nuestro blog: Visa de Migrante en Colombia - VISA TIPO M


    Consulta con abogados expertos

    ¿Cuáles son las VISAS más Solicitadas en Colombia?

    Aunque la situación migratoria de cada persona que desea visitar Colombia es particular; las siguientes son las visas más comunes entre los migrantes o viajeros a Colombia:

    Visa de Turismo en Colombia

    La visa de turista para Colombia está diseñada para aquellos extranjeros que pretenden visitar Colombia temporalmente. Es una visa TIPO V para quienes quieren venir a divertirse, a conocer la cultura y los sitios históricos o emblemáticos de nuestro país, o a conocer los atractivos naturales.

    Este tipo de visa se puede otorgar hasta por dos años con una permanencia máxima de 180 días.

    Visa de Negocios en Colombia

    Este tipo de visa es ideal para quienes desean permanecer temporalmente en Colombia, también es una visa TIPO V, orientada a viajeros que desean realizar gestiones de negocios, tales como:

  • Constitución de una sociedad.
  • Firma de contratos.
  • Estudios o investigaciones de mercado.
  • Planes de incorporación de inversión extranjera directa.
  • Si desea contactar a nuestros abogados expertos en Derecho Migratorio para asesorarse en el proceso de solicitud de visas, ya que está considerando realizar negocios en Colombia, lo invitamos a solicitar una asesoría legal a través del siguiente formulario de contacto.

    Visa de Inversionista en Colombia.

    Existen tres tipos de visas para inversionistas en Colombia:

    Visa de Inversión Inmobiliaria:

    Es una Visa Tipo M dirigida a extranjeros que hayan adquirido bienes inmuebles en Colombia por no menos de trescientos cincuenta (350) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Para el 2024, el salario mínimo es de COP 1.300.000, por lo que la inversión para aplicar a esta visa tendría que ser de al menos $455.000.000 de pesos (COP).

    Visa de socio o propietario de sociedad comercial:

    Esta también es una visa tipo M dirigida a extranjeros que sean socios o propietarios de sociedades comerciales en Colombia por un monto de al menos cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Para el año 2024, la inversión para solicitar esta visa tendría que ser de un monto mínimo de $130.000.000 de pesos (COP).

    Visa de Inversión Extranjera Directa:

    Es una visa Tipo R, concebida para extranjeros que hayan reportado inversión extranjera directa por un monto igual o superior a seiscientos cincuenta (650) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Para el 2024, el monto deberá ser igual o superior a $845.000.000 de pesos (COP).

    Para constituir una empresa en Colombia como extranjero, nuestros abogados especialistas en constitución de sociedades le podrán brindar la información necesaria, sin embargo lo invitamos a leer nuestros blogs de ¿Cómo constituir o crear una empresa en Colombia? ¿Cómo Constituir una Sucursal de Empresa Extranjera en Colombia?.

    Visa de Trabajo en Colombia.

    Los extranjeros interesados en trabajar en Colombia pueden venir al país con una visa Tipo V o Tipo M:

    VISA DE TRABAJO TIPO V:

    Para extranjeros que vienen temporalmente al país:

  • Como tripulantes de una embarcación.
  • Como participantes en una producción cinematográfica.
  • Para coberturas periodísticas de corta duración.
  • Como corresponsales de prensa permanentes para medios de comunicación extranjeros.
  • Para prestar asistencia técnica a empresas privadas u organizaciones gubernamentales.
  • Como parte de un programa de vacaciones y trabajo.
  • Como parte de unas prácticas.
  • Temporalmente bajo un acuerdo de contratista independiente o contrato de trabajo o laboral.
  • VISA DE TRABAJO TIPO M:

    Para extranjeros contratados por una empresa, entidad o institución pública, o persona natural que desee ingresar o permanecer en este país:

  • Para trabajar en su especialidad.
  • Por haber sido trasladado desde el exterior para ocupar un cargo en una empresa colombiana.
  • Como tripulantes de una embarcación.
  • Como participantes en una producción cinematográfica.
  • Para coberturas periodísticas de corta duración.
  • Como corresponsales de prensa permanentes para medios de comunicación extranjeros.
  • Para prestar asistencia técnica a empresas privadas u organizaciones gubernamentales.
  • Como parte de un programa de vacaciones y trabajo.
  • Como parte de unas prácticas.
  • Temporalmente bajo un acuerdo de contratista independiente o contrato de trabajo o laboral.
  • Visa de cónyuge o compañero permanente de nacional colombiano.

    Es una visa tipo M que se otorga al extranjero que haya contraído matrimonio válido con un nacional colombiano o que cumpla con los requisitos para ser compañero permanente, de acuerdo con la legislación colombiana vigente.

    Affirma Legal se dedica a prestar servicios de asesoría y representación de calidad a empresas multinacionales que requieren personal extranjero para establecerse permanentemente en Colombia. Al mismo tiempo, ofrecemos servicios ágiles y eficientes a personas extranjeras que requieran tramitar visas en Colombia.

    A la luz de lo anterior, es importante tener en cuenta que el sistema de inmigración colombiano comprende una amplia variedad de tipos y clases de visas, tal como lo hemos desarrollado en este artículo. Estamos seguros de que nuestros conocimientos y experiencia en este campo le ayudarán a navegar por las complejidades del sistema de inmigración y lograr sus objetivos de inmigración con rapidez y eficacia.

    ¿Cuál puede ser la decisión de la autoridad de visas con respecto a una solicitud?

    En Colombia, la autoridad de visas puede proferir tres resoluciones respecto de una solicitud de visa. Es importante tener en cuenta que independientemente de la decisión que se tome, no se puede interponer ningún recurso administrativo. Esto se debe a la discrecionalidad que tiene el gobierno colombiano para autorizar la entrada y permanencia de extranjeros en el país.

    1. Expedición de la visa:

    Para que una solicitud de visado sea aprobada por la autoridad de visas, la solicitud debe cumplir tanto los requisitos generales como los específicos. Además, la autoridad debe considerar que la solicitud es fiable y redunda en el interés de la nación. La decisión de aprobar la solicitud se basa en el juicio de la autoridad encargada de los visados.

    2. Inadmisión la solicitud:

    Las solicitudes de visado pueden considerarse no admisibles si la autoridad competente en materia de visados decide no autorizar su expedición, lo que da lugar a la finalización del proceso de solicitud. Sin embargo, no se impide al interesado presentar una nueva solicitud. De acuerdo con el artículo 98 de la Resolución 5477 de 2022, las siguientes circunstancias pueden dar lugar a que la solicitud se considere inadmisible:

  • Cuando la situación migratoria del solicitante sea irregular, es decir, que carezca de visa, salvoconducto o permiso temporal de protección vigente.
  • Cuando el solicitante haya infringido la normativa migratoria.
  • Cuando el solicitante no atienda un requerimiento en el plazo de 10 días naturales.
  • Cuando exista discrepancia entre la actividad pretendida por el solicitante y el tipo de visado solicitado, o cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos.
  • Cuando el solicitante presente la solicitud desde un lugar fuera de Colombia sin poseer la calidad migratoria regular, o la presente en Bogotá sin estar presente en Colombia.
  • Cuando la autoridad de visas decida ejercer su facultad discrecional de no admitir la solicitud.
  • 3. Negación de la solicitud de visa:

    El Estado colombiano tiene la facultad discrecional de no admitir la solicitud de visa. En caso de negación de la visa, la autoridad de visas debe dejar constancia escrita de las razones de fondo. El solicitante extranjero dispone de treinta días para salir del país, contados a partir del día siguiente a la notificación de la decisión de la autoridad.

    Si se deniega el visado, el solicitante extranjero no puede volver a solicitarlo durante seis meses a partir de la fecha de denegación. Si se presenta una nueva solicitud, debe ser procesada desde el país de origen o de residencia legal permanente del solicitante.

    ¿Qué debe tenerse en cuenta al solicitar una visa de residente en Colombia?

    Al solicitar una Visa para Colombia, es fundamental verificar que todos los documentos que se pretendan presentar como parte de la solicitud de visa, excepto los documentos de identidad o de viaje, tengan fecha de expedición dentro de los tres meses siguientes al registro de la solicitud.

    Todos los documentos presentados por el solicitante que hayan sido expedidos fuera de Colombia deben ir acompañados de una apostilla o legalización. Además, los documentos en idioma extranjero deben ir acompañados de traducción oficial al español. Sin embargo, existe una excepción a esta regla, tal como lo señala el parágrafo del artículo 21 de la Resolución 5477 de 2022. Esta excepción permite presentar certificaciones o extractos bancarios sin apostillar o legalizar, siempre y cuando su contenido esté en uno de los idiomas oficiales de la Organización de Estados Americanos (OEA).

    La autoridad competente en materia de visados podrá requerir al solicitante para que acuda a una entrevista personal, virtual o telefónica o que aporte información adicional si los documentos presentados están incompletos o son ilegibles, o si la fotografía no cumple los requisitos técnicos. Estas peticiones deberán atenderse en el plazo de diez días naturales para que la solicitud no sea denegada o considerada inadmisible.

    Además, durante el periodo de tramitación del visado, es obligatorio que los extranjeros mantengan una situación migratoria regular. Esto puede lograrse mediante la posesión de un visado válido, un salvoconducto o un permiso de residencia.

    En nuestra firma de abogados prestamos servicio de asesoría y representación para empresas multinacionales que permanentemente necesitan instalar personal extranjero en Colombia. Adicionalmente, también prestamos servicios a personas naturales extranjeras que requieren la solicitud de visados para Colombia.

    Escríbanos a nuestro formulario de contacto, agende su cita legal con nuestros abogados a través del siguiente enlace o contáctenos al 3105706331.

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