¿Qué es el Vencimiento de Términos en el Derecho Penal Colombiano?
Agosto 30, 2019

En Colombia una de las políticas penales contraproducentes es el vencimiento de términos, ya que permite la libertad del procesado por cuestiones de tiempo y de duración de procesos penales mal administrados. Esta situación es la consecuencia de la congestión en la justicia ordinaria, en muchos casos por no haber suficientes jueces, fiscales o defensores.
Según la Corporación Excelencia en la Justicia en el año 2018 la congestión judicial ordinaria representó un 54%, mientras que la administrativa 61%, la Disciplinaria 60% y la Constitucional un 34% estadísticas que aunque disminuyeron en un 1% cada una con respecto al año anterior, aún representa un índice alto en congestión judicial colombiana. Si desea conocer más acerca del vencimiento de términos, contacte a nuestros abogados penalistas a través del siguiente número de contacto (310) 5706331.
¿Qué Duración Tienen los Procedimientos Penales en Colombia?

Los procedimientos judiciales en Colombia dispuestos por la Fiscalía General de la Nación están sujetos a una duración específica descrita en el
Art. 175 del Código de Procedimiento Penal, el cual dice que para formular la acusación o solicitar la preclusión no podrá exceder de noventa (90) días contados desde el día siguiente a la formulación de la imputación.
Asimismo, el término será de ciento veinte (120) días cuando se presente concurso de delitos, cuando sean tres o más los imputados, o cuando se trate de delitos de competencia de los Jueces Penales de Circuito Especializados.
La Fiscalía tendrá un término máximo de dos años contados a partir de la recepción de la noticia criminis para formular imputación u ordenar motivadamente el archivo de la indagación. Este término máximo será de tres años cuando se presente concurso de delitos, o cuando sean tres o más los imputados. Cuando se trate de investigaciones por delitos que sean de competencia de los jueces penales del circuito especializado el término máximo será de cinco años.
En los procesos por delitos de competencia de los jueces penales del circuito especializados, por delitos contra la Administración Pública y por delitos contra el patrimonio económico que recaigan sobre bienes del Estado respecto de los cuales proceda la detención preventiva, los anteriores términos se duplicarán cuando sean tres (3) o más los imputados o los delitos objeto de investigación.
¿Qué es el Vencimiento de Términos en Colombia?

Según el
Art. 294. el vencimiento de términos, se entiende cuando vencido el término previsto en el artículo
175 el fiscal debe solicitar la preclusión o formular la acusación ante el juez de conocimiento. De no hacerlo, perderá competencia para seguir actuando de lo cual informará inmediatamente a su respectivo superior.
En este evento el superior designará un nuevo fiscal quien deberá adoptar la decisión que corresponda en el término de sesenta (60) días, contados a partir del momento en que se le asigne el caso. El término será de noventa (90) días cuando se presente concurso de delitos, o cuando sean tres o más los imputados o cuando el juzgamiento de alguno de los delitos sea de competencia de los jueces penales del circuito especializado.
Vencido el plazo, si la situación permanece sin definición el imputado quedará en libertad inmediata, y la defensa o el Ministerio Público solicitarán la preclusión al Juez de Conocimiento.
Por eso es importante que toda persona ya sea natural o jurídica pueda contar con el apoyo legal de abogados penales especialistas en casos de vencimiento de términos para que el procesado pueda contar con todas las herramientas legales necesarias para defenderse en su caso legal, si desea la asesoría de nuestros
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