Octubre 21, 2019
Más del 30% de los colombianos viven juntos por mucho tiempo llevando una vida marital sin declarar alguna unión con su pareja, a pesar de esto, gracias a la Ley 54 de 1990, el patrimonio que han logrado crear en la vida de compañeros permanentes por más de dos años está protegido bajo el marco legal de esta ley.
Dicha ley en el Art. 2 declara la unión marital de hecho, la cual fue modificada por la Ley 979 de 2005 y la Sentencia C-075-07, sentencia que brinda a las parejas del mismo sexo la misma protección otorgada a los compañeros permanentes heterosexuales.
Es importante acotar que la figura de liquidación de sociedad patrimonial es sólo para casos de uniones libres o unión marital de hecho. Es decir, que es una consecuencia de la unión marital de hecho y para que exista la unión marital de hecho, como habíamos mencionado previamente los compañeros permanentes deben tener 2 años conviviendo juntos y no tener impedimento alguno para casarse.
Es por ello que en casos donde los compañeros permanentes deciden separarse la liquidación de sociedad patrimonial entra en estos casos legales, con el objeto de proteger a ambas partes de forma legal y económica. Solicite la asesoría de nuestros abogados de familia en Bogotá a través del siguiente enlace.
¿Qué es la Sociedad Patrimonial en Colombia?
La sociedad patrimonial en Colombia consiste en el conjunto de bienes que hacen parte del haber de la pareja, es decir, la integran todos los bienes adquiridos mientras la vigencia de la unión marital de hecho. La sociedad se disuelve mediante escritura pública, por acta suscrita ante centro de conciliación, notaría o por sentencia judicial. En estos casos siempre recomendamos la asesoría y apoyo legal de un abogado de familia especialista en casos de liquidación de sociedad patrimonial en Colombia.¿Qué Forma Parte de la Liquidación de Sociedad Patrimonial en Colombia?
¿Qué NO Forma Parte de la Liquidación de Sociedad Patrimonial en Colombia?
Según el Art. 3º de la Ley 54 de 1990, No formarán parte del haber de la sociedad:¿Qué Ocurre Cuando uno de los Compañeros Permanentes Fallece?
Si uno de los compañeros permanentes fallece, tiene un año a partir de la fecha en que fallece debe declarar la liquidación de sociedad patrimonial mediante escritura pública, o mediante sentencia judicial. Es importante destacar que si la titularidad de los bienes no está a nombre de alguno de los compañeros permanentes, evite dejar vencer el término establecido en el Art. 8 de la Ley 54 correspondiente a un año para iniciar las acciones legales respectivas, ya que puede perder sus derechos patrimoniales.Febrero 02, 2018
Conozca el Proceso de Sucesión en Colombia y Cómo Repa...Cuando una persona fallece, lo común entre los familiares es preguntarse qué ocurrirá con los bienes, cualesquiera que sean, y quiénes son los herederos que los recibirán...
Leer másNoviembre 18, 2021
Ley 2114 del 2021 - Ampliación de la licencia de pater...La licencia de paternidad en Colombia tiene fundamento jurídico en los artículos 42 y 44 de la Constitución política, en el sentido que le permite al padre trabajador, el c...
Leer másMarzo 21, 2018
5 Pasos Para Tramitar una Separación o Divorcio de Mut...En el pasado, el tema del matrimonio solía ser una situación que las personas no tomaban a la ligera, es decir, las parejas se planificaban y procuraban estar muy seguros...
Leer másEnero 31, 2023
¿Cómo Funciona la Licencia de Maternidad en Colombia?La licencia de maternidad es definida como el derecho que tienen todas las trabajadoras en estado de embarazo para disfrutar de un descanso remunerado por 18 semanas. Si bi...
Leer más