Actos considerados como competencia desleal en Colombia

Octubre 17, 2016

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Hombre de negocios escondiendo los dedos cruzados en su espalda Una empresa que tiene competidores en su rubro hace un gran esfuerzo por llamar la atención de sus clientes y generar fidelidad hacia su marca, a su vez, los rivales hacen lo mismo. Estas acciones favorecen al consumidor, pues le permiten acceder a bienes y servicios de gran calidad a precios convenientes.

Como abogados especializados en casos de competencia desleal y protección al consumidor, sabemos que existen organizaciones que utilizan métodos inadecuados para aumentar sus ganancias, los cuales se conocen legalmente como actos de competencia desleal. De acuerdo a la Ley 256 de 1996, las siguientes acciones entran dentro de esta denominación:

Desviación de la clientela
En esta categoría entran todos los comportamientos que tienen como finalidad atraer clientes que han sido captados anteriormente por otras empresas, siempre y cuando estas conductas estén fuera de las buenas costumbres mercantiles y las prácticas honestas del área comercial.

Desorganización
Los actos de desorganización se refieren a aquellas conductas que tienen como objetivo, ya sea que se logre o no, alterar el orden interno de una organización, sus transacciones comerciales o el local físico de un competidor.

Confusión
En este renglón se incluyen todas las acciones que tienen como fin confundir al público acerca de la actividad que realiza una empresa competidora, sus transacciones comerciales o el espacio físico donde opera. Se considera desleal si una empresa promociona un bien o servicio parecido al ofrecido por algún competidor para hacerle creer al consumidor, de forma intencional, que ese producto es generado por ese rival.

Engaño
Las conductas incluidas en esta categoría son aquellas que se hacen con el propósito de que el público tenga un concepto equivocado sobre la actividad que realiza una organización rival, sus transacciones comerciales, su establecimiento físico, las características, proceso de fabricación y disponibilidad de los productos que ofrecen, entre otros que puedan perjudicar el funcionamiento normal de la empresa competidora. Dentro de este renglón, se incluyen las afirmaciones falsas y la omisión de las verdaderas que tengan la finalidad mencionada, independientemente de que esta última se cumpla.

Descrédito
Consiste en difundir afirmaciones falsas, omitir las verdaderas o realizar alguna otra práctica dirigida a desprestigiar la actividad que ejecuta una empresa, sus transacciones comerciales o el espacio físico donde opera. No se consideran desleales estas acciones si la información divulgada es real, exacta y pertinente.

Comparación
Se trata de hacer uso de información falsa u omitir la verdadera para comparar públicamente la actividad de una empresa, sus transacciones mercantiles o su establecimiento físico con los de otra organización. De igual manera, se consideran desleales las comparaciones sobre aspectos que no se puedan confirmar o que no sean semejantes.

Imitación
Es desleal la reproducción exacta de un bien o servicio cuando esta genera confusión respecto a la empresa creadora del mismo o hay aprovechamiento indebido del prestigio ajeno.
De igual forma, se considera desleal la imitación de los productos de una empresa competidora si este curso de acción tiene como finalidad obstaculizar el posicionamiento del rival en el mercado.

Mano de mujer entregando dinero a hombre de negociosExplotación de la reputación ajena
Consiste en tomar provecho de los beneficios de la buena opinión que el público tiene sobre un tercero en el ámbito industrial, comercial o profesional. Se considera desleal el uso no autorizado de signos distintivos pertenecientes a alguien más o que posean denominaciones de origen incorrectas.

Violación de secretos
Implica publicar u obtener beneficios, sin permiso de su titular, de secretos industriales o de cualquier otro tipo de información confidencial empresarial que haya sido conocida por medios legales pero que debió haber sido guardada para sí. De igual manera, se incluye en esta categoría la divulgación o explotación de datos obtenidos ilegalmente por medio espionaje o conductas similares.

Inducción a la ruptura contractual
En este renglón se incluyen las acciones que estimulan a empleados, proveedores, consumidores, entre otros, a quebrantar los deberes contractuales que han convenido con empresas rivales.
La incitación a la ruptura regular de un contrato o la obtención de beneficios de una infracción contractual ajena se considera desleal cuando, siendo consciente de la misma, tenga como finalidad el crecimiento empresarial propio o involucre acciones como el engaño, deseo de sacar a un competidor del mercado u otras semejantes.

Violación de normas
Consiste en la obtención de una ventaja competitiva por medio de acciones que rompen alguna norma jurídica. Este beneficio de superioridad debe ser significativo.

Pactos desleales de exclusividad
Esta categoría abarca los acuerdos de suministro de productos que contienen cláusulas de exclusividad dirigidas a limitar el acceso de las empresas rivales al mercado o a crear un monopolio de distribución de bienes o servicios. Aquí se exceptúa el caso de las industrias licoreras cuando las mismas pertenezcan a los entes territoriales.

Para encontrar asesoría acerca de este tema o de otro tópico legal, no dude en comunicarse con AGT Abogados al 310 5706331 o por medio de nuestro formulario de contacto. Recuerde que las novedades del área legal pueden llegar a su bandeja de correo electrónico luego de suscribirse a nuestro boletín informativo.

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