¿Cómo Proteger o Patentar un Software en Colombia?

Marzo 15, 2018

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Diseñadores de Softwares que Necesitan la Asesoria de Abogados de Propiedad Intelectual en Colombia
Tanto en Colombia como en el resto de los países del mundo, los inventores pueden patentar todas sus creaciones para que estas no sean tomadas por terceras personas y las usen como propias, perjudicando así al verdadero autor de la creación.

Esta misma situación ocurre con los llamados "softwares" .Aunque parezca difícil que un programa para ordenador sea patentado, sí se puede hacer, al igual que con todas las otras creaciones existentes, como las literarias, las audiovisuales, etc. Lo importante de este proceso es que usted busque la asesoría de abogados de propiedad intelectual en Colombia que lo acompañen en el proceso de patentar para que cada paso se complete correctamente y el trámite sea realizado sin equivocaciones y en concordancia con las leyes colombianas.

Es preciso destacar que, técnicamente, la protección legal de un software no se realiza mediante el trámite de una patente de invención o de modelo de utilidad. En Colombia, la protección legal de un software se hace a través del depósito del software ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor.
¿Qué es un Software? Según la Decisión Nº 351 que establece el Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos, un programa de ordenador (software) es una "expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra forma que, al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada, es capaz de hacer que un ordenador (un aparato electrónico o similar capaz de elaborar informaciones), ejecute determinada tarea u obtenga determinado resultado. El programa de ordenador comprende también la documentación técnica y los manuales de uso".

Abogados de Propiedad Intelectual en Colombia Publicación Relacionada

Dicha norma establece en su artículo 1 que "las disposiciones de la presente Decisión tienen por finalidad reconocer una adecuada y efectiva protección a los autores y demás titulares de derechos, sobre las obras del ingenio, en el campo literario, artístico o científico, cualquiera que sea el género o forma de expresión y sin importar el mérito literario o artístico ni su destino".

Con la afirmación anterior, la norma aclara que, en efecto, sí se puede patentar o proteger un software, así como se pueden patentar el resto de las invenciones; incluso, el artículo 7 especifica: "Queda protegida exclusivamente la forma mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras".

Diseño de una Aplicación que Requerirá de Abogados de Propiedad Intelectual en ColombiaAhora bien, explicado lo anterior, como abogados de propiedad intelectual en Colombia, procedemos a presentarle los requisitos que necesita para realizar el trámite según lo indicado en el Decreto 1360 de 1989.
Requisitos Para Patentar o proteger un Software en Colombia Según el decreto antes mencionado, "el soporte lógico comprende uno o varios de los siguientes elementos: el programa de computador, la descripción y el material auxiliar", en otras palabras, los tres componentes serán patentados o protegidos cuando el inventor decida proceder con el trámite con la asesoría de los abogados de propiedad intelectual en Colombia.

Para iniciar el proceso de patente, debe saber que los requisitos a cumplir son los emitidos por la Dirección Nacional de Derechos de Autor.

La solicitud, por escrito, debe poseer:
  • Nombre, identificación y domicilio del solicitante, con la descripción de si se trata de un proceso que hará a nombre propio o como representante de otro.
  • Nombre e identificación del autor o de los autores de la invención.
  • Nombre del productor de la obra. Llámese productor a la "persona natural o jurídica que tiene la iniciativa en la producción de la obra, por ejemplo, de la obra audiovisual o del programa del ordenador"; así lo explica el artículo 3 de la Decisión Nº 351 del Derecho de Autor y Derechos Conexos.
  • Título de la obra con su año de creación. Su país de origen y las descripciones de las funciones. También será esencial que el autor incluya cualquier otra característica de la obra que considere importante o que permita diferenciar su obra de otra de la misma naturaleza.
  • El documento que declare si se trata de una obra original o, por el contrario, derivada.
  • Especificar en un documento si la obra o la invención es individual, colectiva, en colaboración, anónima, seudónima o póstuma. Entiéndase por póstuma una obra o invención publicada después de la muerte de su autor.
Los requisitos de la solicitud para patentar el software o protegerlo deben estar acompañados por el programa del computador, la descripción del programa y/o el material auxiliar. Así lo aclara el artículo 6 de la Decisión Nº 351.

Chica con Certificado de Abogados de Propiedad Intelectual en ColombiaEstos requisitos serán procesados en 15 días hábiles y el solicitante recibirá el certificado de registro por parte de la entidad (Registro Nacional del Derecho de Autor). Con ese trámite, el software ya estará patentado o protegido.
Patente de Aplicaciones En las líneas anteriores, como abogados de propiedad intelectual en Colombia, le hablamos de la protección del software para que su invención no sea tomada por un tercero que perjudique al verdadero autor de la invención. A continuación, le comentaremos sobre la protección de las aplicaciones: si usted ha creado una aplicación y necesita proteger la marca o el nombre de su invención, debe dirigirse a la Superintendencia de Industria y Comercio para que la entidad le conceda la protección deseada sobre la marca de su aplicación. Este proceso le permite proteger la marca del programa o el nombre, es decir, en modalidad de marca nominativa, figurativa o tridimensional, entre otras. Asimismo, el solicitante puede optar por el registro de la marca de la aplicación de forma mixta, que incluye las dos modalidades anteriores figurativa y nominativa.

Como abogados de propiedad intelectual en Colombia, podemos decirle que el proceso para patentar un software puede realizarlo individualmente si así lo desea, pero le recomendamos la asesoría legal de abogados de propiedad intelectual en Colombia para que el trámite se lleve a cabo sin inconvenientes y en el tiempo que establece la ley.

Si usted vive en el territorio colombiano, quiere patentar un software y no sabe cómo iniciar el trámite, es hora de que busque la orientación legal de nuestros abogados de propiedad intelectual en Colombia. En nuestro despacho, lo esperan profesiones con larga trayectoria que le tenderán la mano para que el proceso sea encaminado de inmediato. Comuníquese a nuestro despacho a través del 310 5706331 o deje un mensaje en el formulario de contacto ubicado en esta página. También puede encontrarnos en nuestras redes sociales: en Facebook como AGTAbogadosSAS y en Twitter como @AGTAbogadosSAS. Si desea recibir información de interés sobre asuntos de propiedad intelectual, puede suscribirse a nuestro boletín informativo. ¡Estamos disponible para servirle a la mayor brevedad!

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Buenos días, Dr. Luis Guillermo Caro,
Muchas gracias por la tramitación de este proceso.

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