¿Cómo Acogerse a la Ley de Insolvencia con Asesoría Legal para Empresas?

Julio 04, 2017

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Asesoría Legal para Empresas en Quiebra
Una organización que desestabilice sus finanzas por problemas que se escapan de sus manos y no pueda cumplir con los pagos que acordó con sus acreedores tras un plan monetario, cuenta con una Ley de Insolvencia para empresas en Colombia. ¿Lo sabía? Las personas naturales que se encuentren en problemas que, de la misma forma, comprometan sus finanzas y las deudas que tienen con otras personas o bancos, también se pueden amparar en la Ley de Insolvencia para evitar ser embargados. Si desconocía sobre esta ley, esta publicación le interesa.

Dicho lo anterior, los negocios o las personas naturales que se encuentren en una situación parecida pueden buscar asesoría legal para empresas. Así, recibirán orientación para conocer la ley en cuestión y dar el siguiente paso ante el problema financiero, a fin de resolverlo sin mayores inconvenientes.

Antes de desarrollar el tema de esta publicación, es esencial definir un concepto que ayudará a la fácil comprensión de la misma: la insolvencia.
¿Qué es la insolvencia?Este término se relaciona con el reconocimiento, en el área legal, que se le otorga a una persona, natural o jurídica, comerciante o no comerciante, que ha incurrido en mora de reajustar un plan de pago favorable con sus acreedores. Esa situación es la consecuencia de un problema financiero que le impide al deudor cumplir, de forma puntual, con las obligaciones crediticias o financieras. La insolvencia, además, es una protección normativa que va dirigida al deudor que se ha demorado por sufrir un revés económico.

Con la ley pueden lograr un acuerdo sobre el plan de pago a sus acreedores y, de esa forma, impedir procesos ejecutivos en su contra que pongan en riesgo su patrimonio o que este tenga un mayor deterioro.

Ahora bien, ¿cuál es la finalidad de la Ley de Insolvencia para empresas en Colombia?

El artículo 1 describe que "tiene por objeto la protección del crédito, la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, a través de procesos de reorganización y de liquidación judicial, siempre bajo el criterio de agregación de valor".
La misma ley, en su artículo 4, dispone de principios que están orientados a:
  • Universalidad: todos los bienes del deudor y todos los acreedores quedan vinculados al proceso de insolvencia desde el inicio.

  • Igualdad: procesos equitativos para todos los acreedores que sean parte de la deuda, sin daños de la aplicación de las reglas sobre la prelación de créditos y preferencias.

  • Eficiencia: mejor administración de los recursos existentes y aprovechamiento de los mismos basados en la información disponible.

  • Información: proporción de la información de manera oportuna, transparente y comparable, por parte del deudor y los acreedores, que permite el acceso a la investigación en cualquier momento del proceso.

  • Negociabilidad: la comunicación o la interacción entre el deudor y los acreedores debe propiciar una negociación no litigiosa o dudosa, proactiva y de buena fe en relación con las deudas y bienes del deudor.

  • Reciprocidad: en los casos de insolvencia transfronteriza debe existir reconocimiento, colaboración y coordinación mutua con las autoridades extranjeras.

  • Gobernabilidad Económica: obtener, a través del proceso de insolvencia, una dirección general definida para el manejo y destinación de los activos con el propósito de lograr el pago y la reactivación empresarial.
Requisitos para Acogerse al Régimen de Insolvencia EmpresarialLas personas naturales y jurídicas, empresas nacionales o sucursales de sociedades extranjeras que realicen actividades de comercio en Colombia con un déficit financiero y se les imposibilite cumplir con sus obligaciones económicas, podrán acogerse a la Ley de Insolvencia para remediar los inconvenientes. Esta norma establece los lineamientos y parámetros para que las empresas o personas naturales puedan acogerse a la ley por medio de acciones como: proceso de reorganización y proceso de liquidación judicial.

Evitar Deudas con Asesoría Legal para EmpresasEl proceso de reorganización tiene que ver con la preservación de la empresa y la normalización de las relaciones comerciales y financieras. Todo lo anterior se lleva a cabo mediante la reestructuración operacional, administrativa y de activos o pasivos.

Para este caso, el proceso de reorganización empresarial en Colombia inicia con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Insolvencia, donde se establece:
  • Cesación de pagos:
    El deudor estará amparado cuando "incumpla con el pago por más de noventa (90) días de dos (2) o más obligaciones a favor de dos (2) o más acreedores". Asimismo, cuando: tenga en su contra dos o más procesos ejecutivos por dos o más acreedores para el pago de sus obligaciones respecto a su actividad comercial. En cualquiera de las dos situaciones antes planteadas, el valor acumulado de las obligaciones del deudor debe representar como mínimo el 10 % del pasivo total en concordancia con la fecha de los estados financieros de la solicitud.

  • Incapacidad de pago inminente:
    El deudor estará amparado por esta norma cuando acredite la existencia de circunstancias en el respectivo mercado o al interior de su organización o estructura que afecten o puedan afectar, gravemente, el cumplimiento de sus obligaciones con un vencimiento igual o inferior a un año. Este procedimiento no aplica para personas naturales, solo será para empresas.
Por otro lado, el proceso de liquidación judicial persigue la liquidación o desembolso en la brevedad posible y de forma ordenada para evitar daños mayores en el patrimonio del deudor.

El artículo 49 de la ley indica los requisitos que declaran a una empresa o persona comerciante en quiebra: incumplimiento del acuerdo de reorganización, fracaso o incumplimiento del convenio o de un acuerdo de reestructuración. Existen, además, causas de liquidación inmediata que ocurren cuando: el deudor lo solicite, abandone sus negocios, por una solicitud de la autoridad que controle la empresa, por una decisión motivada de la Superintendencia de Sociedades, a petición conjunta del deudor, entre otras.

En conclusión, todas las personas naturales y jurídicas que se encuentren en medio de una emergencia económica en la que no puedan pagarles a sus acreedores los montos de las deudas, pueden contar con el amparo de una ley que les ayuda, mediante procesos legales, a reorganizar los planes de pagos para evitar procesos ejecutivos en contra o sanciones por incumplimiento de pago. Para este tipo de trámites es recomendable la asesoría legal para empresas por una firma de abogados que los oriente en los procedimientos y pueda, entonces, organizar sus finanzas para pagarles a sus acreedores en nuevos plazos de tiempo.

Si usted realiza actividades de comercio y se encuentra en un momento difícil a nivel económico, con Affirma Legal puede conseguir la solución. Un grupo de profesionales eficientes podrán ayudarle a solventar sus problemas sin mayores contratiempos. Puede contactarnos al 310 5706331 y con gusto le atenderemos. Si lo desea, también puede dejarnos un mensaje en el formulario de contacto ubicado en esta página o encontrarnos en nuestras redes sociales: en Facebook como AGTAbogadosSAS y en Twitter como @AGTAbogadosSAS. ¡Acójase a la Ley de Insolvencia con nuestra asesoría ya!

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